martes, 2 de febrero de 2016

SANIDAD RECONOCE EL PERMISO DE LACTANCIA PARA LOS PADRES QUE ANTES NEGABA



A partir de hoy, los padres de la Conselleria de Sanidad y Salud pública podrán disfrutar del permiso de lactancia sin que sea necesario que la madre trabaje. A pesar de que varias normativas, como el Real Decreto Legislativo 5/2015, así lo establecen, hasta ahora la conselleria hacía una interpretación restrictiva de este derecho. El permiso se denegaba en los casos en los que la madre no trabajaba.

Una instrucción que Sanidad remite  a las gerencias de los Departamentos de Salud y a los representantes de las organizaciones sindicales en la Comisión de Igualdad, dicta que este derecho «podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores» con independencia de la situación laboral del otro progenitor. Así, «se podrá disfrutar por el padre sin que sea necesario que la madre trabaje por cuenta ajena para concederlo». La única restricción para poder obtener este permiso es que, en el caso de que trabajen el padre y la madre, solo uno de los dos podrá disfrutar de este derecho.

De esta manera, la conselleria aplica la normativa vigente y lo dictado por varios organismos, para que sus trabajadores disfruten de este permiso, como ya lo hacen los de otros organismos del Consell.
La Comisión Superior de Personal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ya recogió —en el artículo 48 del Estatuto Básico del Empleado Público (Trlebep) — la posibilidad del disfrute del permiso por el padre incluso en el caso de que la madre no ejerza actividad profesional alguna. El artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores también concede el derecho a cualquier progenitor y la única limitación que indica era que solo se le otorgará a uno de ellos en el caso en que ambos trabajen.

A pesar de esto, varios trabajadores se vieron obligados a acudir a los tribunales a reclamar su derecho que les fue negado, tras lo que surgieron varias sentencias condenatorias contra la conselleria y condenó a Sanidad a pagar indemnizaciones y costas judiciales.
Una de estas condenas aclara que la Ley «en ningún caso exige el requisito de que para disfrutar del permiso el otro progenitor tenga que trabajar, pues lo que dice la Ley es que si los dos trabajan solo lo disfruta uno, lo que es muy diferente», zanja una sentencia.

El permiso de lactancia por un hijo menor de doce meses se traduce en la reducción de una hora de la jornada laboral del solicitante.

La jurisprudencia surgida a raíz de las denuncias a la conselleria y que fallaron a favor de los trabajadores recuerdan que en el permiso de lactancia, el término «lactancia» no debe interpretarse en sentido estricto como relativo a la alimentación y nutrición del menor, sino que la jurisprudencia lo extiende a cualquier otra función destinada a la atención y cuidado del niño. Por tanto, se considera como un tiempo de atención adecuada del menor y una medida conciliadora de la vida familiar y laboral, desvinculado del hecho biológico de la lactancia natural. Por esto es posible que los padres también lo soliciten y se beneficien de la reducción horaria que la ayuda lleva asociada.

Levante EMV

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