Conllevará importantes novedades para los trabajadores afectados por una incapacidad temporal.
A partir de ahora habrá cuatro tipos de partes de baja:
- Menos de 5 días naturales, en este caso el médico entregará al paciente el parte de baja y de alta al mismo tiempo.
- Para bajas cortas, de 5 a 30 días naturales, el primer parte de confirmación se realizará a los siete días, y los siguientes, cada dos semanas.
- Las bajas entre 31 a 60 días naturales, el primer parte será al cabo de una semana, y los siguientes, cada 28 días.
- Bajas de más de 61 días naturales, la renovación del primer parte será a los 14 días y los siguientes cada 35.
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