martes, 15 de marzo de 2016

MESA SECTORIAL 14/03/2016


BORRADOR ACTA MESA SECTORIAL 16/02/2016

BORRADOR ACTA MESA SECTORIAL 4/03/2016

BAREMO FARMACÉUTICOS SALUD PÚBLICA

PACTO REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD

6 comentarios:

  1. Hola, primero darte la enhorabuena porque con este blog haces un muy buen trabajo de información que nos es muy útil; muchas gracias.
    Quería formularte unas cuestiones que no se si podrás contestar. Es respecto al baremo de farmacéuticos de salud pública que has publicado ¿sería ya el definitivo?
    Si lo es, la verdad es que es bastante peculiar, porque se puntúa muy poco el estar desarrollando el mismo trabajo en otra comunidad, puntúan más trabajos que no están relacionados pero que se han realizado en la comunidad, ¡esto va a ser así de injusto? . Por otro lado, en el apartado 1.2 estudios de doctorado, ahora no se puede hacer el antiguo DEA, sino que el trabajo de final del máster lo ha susituído, ¿cómo se puntuaría entonces y que justificante habría que presentar para que contara?
    En el apartado 2. otra titulación académica, sólo puntúan las relacionadas con salud pública , y en cambio en el punto 3, puntúan los masters que no hayan servico para la obtención de un título oficial, ¿significa esto que un máster no oficial va a puntuar más que un master oficial, por ejemplo en medicamentos?
    En el apartado 6.3. premios excepcionales, etc ¡se consideran en eese punto las becas de formación?
    Se que son muchas preguntas y muy específicas, pero es que estoy pensando en preparármelas o no, ya que los rumores que corren es que están todas las plazas dadas para que los interinos saquen plaza.

    Un saludo y muchas gracias

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    1. Hola, buenos días,
      Primero darte las gracias y alegrarme porque os sea de utilidad e información el blog. Segundo disculparme por el retraso en contestarte.
      Respecto a todo lo que me preguntas, y para poder contestarte de una manera más certera, voy a transmitir todas tus preguntas a los compañeros que asisten a la negociación en Mesa sectorial...en cuanto tenga las respuestas te comentaré.

      Un saludo y gracias por consultar y participar en el blog.

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  2. Buenos días, Vanessa!

    Ayer hablamos por teléfono, tal y como me dijiste mi consulta es similar a la que se formula más arriba: Trabajar en Salud Pública en el mismo trabajo exacto pero en otra Comunidad da 0,05 puntos en lugar de 0,3, menos incluso que haberte dedicado a otra cosa trabajando para la Generalitat, es profundamente injusto.

    Muchas gracias de antemano y enhorabuena por el blog.

    Un saludo.

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    1. Hola, buenas tardes,
      Si, efectivamente es la pregunta que hizo la compañera.
      En breve me pasarán la información para poder contestaros, porque estaban pendientes de ver si se cambiaba algo más, pero el tema está complicado en cuanto a la aceptación de cambios, ya que se rigen por función pública...

      Un saludo, y gracias a ti por consultar y participar en el blog.

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  3. Hola, buenos días,
    Una vez finalizada la negociación del baremo de méritos, comentaros que ésta ha estado condicionada por el baremo general que aplica la Generalitat a todos los procesos de selección de personal funcionario de la Administración del Connell, y no por el de personal estatutario previsto en la Orden de 7 de Mayo de 2007 de la Conselleria de Sanidad; precisamente por eso, porque la normativa a aplicar en estos procesos de selección de personal funcionario es la de Función Pública y no la de personal estatutario.

    Este motivo ha limitado la capacidad de la Mesa Sectorial de Sanidad para introducir modificaciones en los diferentes apartados que constituyen el baremo y la puntuación asignada a cada uno de ellos con carácter general.
    Si hay alguna modificación se refiere a la puntuación que se asigna a algunos ítems (farmacéutico titular) de los apartados de servicios prestados, formación e investigación, pero no a los ítems en si mismos considerados.

    Respecto a vuestras preguntas planteadas comentaros lo siguiente:
    1. El baremo es definitivo.
    2. Sobre los servicios prestados en otras Comunidades Autónomas, en la misma categoría o equivalente, el baremo contempla los mismos ítems que el baremo de los funcionarios; sólo se ha introducido el referente a los "servicios prestados como Farmacéutico titular", porque así lo recoge el Decreto de creación de la categoría de Farmacéutico de Salud Pública.
    3. La suficiencia investigadora que (entiendo) sustituye al antiguo DEA viene regulada en el art. 6 de los RD 185/1985 y 778/1998.
    4. En el apartado masters, puntúan todos los obtenidos en centros oficiales, excepto aquellos que se hayan considerado como requisito de titulación para acceder a la plaza; es decir, para los supuestos en que la formación sea de grado, será necesario, además, tener un master o, los que permiten el acceso al título de doctor.
    5. En lo relativo a la beca de formación, nada de lo escrito en el baremo hace pensar que no se pueda puntuar, pero fijaos en que dice: "será a criterio del órgano de selección aceptar el mérito como tal y asignarle una puntuación"

    Esto es todo lo que os puedo comentar sobre todo lo que se ha estado hablando en Mesa, espero haberos servido de ayuda.

    Un saludo y gracias por consultar y participar en el blog.

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    1. Muchas gracias por tu respuesta.
      Un saludo

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Gracias por participar en este Blog.