domingo, 29 de octubre de 2017

BAREMO OPE EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN 2017

Asistimos a los trabajos de conformación de una Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de profesionales sanitarios que ocupan temporalmente puestos de trabajo. Una Oferta de Empleo que ha sido impulsada y requerida desde las instituciones europeas ante la desmedida persistencia de la alta temporalidad en los puestos de trabajo de la administración pública española, dando pie a los acuerdos para la reducción de la temporalidad firmados entre sindicatos y administración.

En el sistema sanitario valenciano la temporalidad está cifrada, aproximadamente, en un 37% del total de la plantilla, en torno a 57.000 profesionales. La intención de administración y sindicatos es acercar al 8% el índice de temporalidad en lo que resta de legislatura; para ello, se impulsarán con cierta prioridad Ofertas de Empleo Público, tanto ordinarias, como las llamadas, extraordinarias de estabilización. Estas últimas, son objeto de definición en el marco de la Comisión Nacional de Sanidad, donde representantes de todos los servicios de salud junto con el Ministerio de Sanidad ultiman detalles del proceso previo a su aprobación y publicación.

Las Ofertas de Empleo Público extraordinarias de estabilización, instrumentadas legalmente a través del art. 19 de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos del Estado de 2017, por imperativo legal, deben desarrollarse mediante procedimientos de concurrencia pública, pero no podemos perder de vista las características específicas en cuanto al objetivo y al colectivo de profesionales a las que se dirigen. Disponen por tanto, de unos elementos reguladores específicos que les diferencian del resto de las ofertas públicas ordinarias. 

Según la norma que las impulsa, estas convocatorias se dirigen claramente a la conversión de puestos de trabajo de temporal a estable. En este sentido, los procesos de selección  deben conformarse de manera que, en función de su objetivo específico y del colectivo afectado, se le de un mayor peso a la fase de concurso que a la fase de oposición, y al mismo tiempo, dentro de la baremación de la fase de concurso, la valoración del tiempo trabajado en los centros públicos, debe suponer un mérito preferente sobre el resto de méritos aportados. Estas consideraciones se formulan ante el echo de que existen profesionales interinos que llevan mucho tiempo desarrollando su actividad profesional en las instituciones sanitarias del sistema valenciano de salud, convirtiéndose en personal interino de larga duración. 

Es por ello, que Intersindical Salud, pretende impulsar estos criterios a la hora de proponer, en el marco de la negociación sectorial, el establecimiento de baremos específicos que incorporan esta sensibilidad a los procesos de concurrencia pública de estabilización y diferenciarlos de los establecidos para la concurrencia ordinaria.

J. Salvador Moscardó 
Área Acción Sindical Intersindical Salut

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