Debido a los problemas surgidos en algunos departamentos y tras las quejas de diferentes trabajadores, Intersindical Salut solicita a la Conselleria de Sanidad:
CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA
DE: INTERSINDICAL SALUT
Asunto: Derecho a la protección de datos de carácter personal en el ámbito laboral.
EXPONE:
PRIMERO.- Que, actualmente es habitual que en todas las instituciones sanitarias de los departamentos de ámbito sanitario gestionados por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, se comunique por parte de los/as responsables de los/as trabajadores/as de los servicios, unidades y equipos, decisiones de carácter organizativo a través de medios como WhatsApp, SMS o CORREO ELECTRÓNICO, lo que supone el conocimiento del número de teléfono móvil, o dirección de correo electrónico de quien tiene el poder de organización del trabajo.
SEGUNDO.- Que, la LOPD dispone claramente dos artículos atinentes al caso:
a).- El art. 3.a) dispone que se entenderá por «datos de carácter personal: cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables»
b).- De acuerdo con el art. 6, «1. El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa.
TERCERO.- Que, en absoluto son necesarios estos datos de carácter personal para el mantenimiento o cumplimiento del contrato de trabajo, como la LOPD requiere, y mucho menos como imprescindibles a tal efecto para que la relación laboral pueda desenvolverse.
Nos encontramos ante unos datos de carácter personal, cuyo conocimiento, uso y destino tiene que quedar bajo el control de su titular, y la utilización sin consentimiento previo, expreso, voluntario y libre del número de teléfono móvil o dirección de correo electrónico del trabajador/a supone desde nuestro entender una conducta abusiva en el ámbito laboral, protegida en vía civil, administrativa y así mismo también lo está a través de la vía penal.
Por las razones expuestas,
SOLICITA:
Se dicte por la Dirección General de Recursos Humanos de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública la correspondiente instrucción a las diferentes Gerencias y Direcciones departamentales, paralizando de forma inmediata la utilización de comunicaciones laborales organizativas a través de medios como WhatsApp, SMS o E-MAIL, de los/as responsables a los trabajadores/as hasta que los titulares expresen de forma indubitada o expresa por escrito su cesión del teléfono móvil y/o correo electrónico con fines laborales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por participar en este Blog.