jueves, 19 de febrero de 2015

INSTRUCCIONES BOLSA DE TRABAJO EDICIÓN 13




INSTRUCCIONES PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN/ACTUALIZACIÓN DE MÉRITOS









Justificación: 

- El tiempo transcurrido desde la última convocatoria hace necesario una convocatoria que permita la incorporación de los nuevos profesionales. 

- Desde la última convocatoria de la bolsa de trabajo se ha publicado la modificación del mapa sanitario relativa a la adscripción al Departamento de Salud de Valencia La Fe, de las zonas básicas de salud, centros: Albal, Beniparell; Alcàsser; Silla; Catarroja y Massanassa. Se necesita adaptar la bolsa al mismo tanto por el tema de la gestión de las ofertas como para poder dar oportunidad a los candidatos inscritos a modificar sus solicitudes de Departamentos, para poder adecuarse a este nuevo mapa sanitario. Anexo I Departamentos de Salud adaptados al nuevo mapa sanitario. 

Categorías Profesionales convocadas: 

En esta Edición se propone convocar todas las categorías profesionales incluidas en la bolsa. 

Convocatoria: 

La convocatoria incluye tanto nuevas inscripciones como actualización de méritos y cambios de Departamentos de Salud. 

Periodo de apertura: 

Del 2 (lunes) al 27 (viernes) de marzo de 2015, ambos incluidos. 

Fecha tope de méritos a baremar: 

En esta Edición se baremarán los méritos de los candidatos con fecha tope el 28/02/2015

Instrucciones: 

El procedimiento de solicitud de inscripción y acreditación de méritos se realizará de conformidad con las Instrucciones contenidas en el Anexo II adjunto. 






ANEXO II 



INSTRUCCIONES PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN/ACTUALIZACIÓN DE MÉRITOS 



PRIMERA: Será realizada de oficio por la propia Administración la baremación de los méritos siguientes:

  1. Servicios prestados en instituciones sanitarias públicas directamente gestionadas por la Conselleria de Sanidad. 
  2. Certificados de conocimiento del valenciano expedidos u homologados por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià. 
  3. Nota de la fase de oposición del último proceso selectivo de la categoría, convocado por la Conselleria de Sanidad. Únicamente se baremarán los procesos selectivos cuya fase de oposición hubiera finalizado a la fecha del fin del plazo de presentación de instancias. 

Una vez que se publiquen las listas provisionales, los candidatos no conformes con la baremación realizada, podrán presentar las alegaciones oportunas en las mismas condiciones que si hubieran presentado instancia. 


SEGUNDA: Quién no necesita presentar solicitud de participación en una nueva convocatoria de las bolsas:

No necesita presentar solicitud de participación en una nueva convocatoria de las listas de empleo quien ya esté inscrito y admitido en la vigente Edición (Edición 12) y:

  1. No desee modificar su opción a departamentos. 
  2. No haya adquirido ningún nuevo mérito baremable respecto a los ya reconocidos. 
  3. Que los nuevos méritos adquiridos se refieran exclusivamente a los indicados de baremación de oficio por la propia Administración, en la instrucción primera. 

TERCERA: Quién debe presentar solicitud de nueva inscripción:

Necesitan presentar solicitud de participación en la nueva convocatoria: 
  1. Quien no esté ya inscrito en la lista de empleo vigente y desee y reúna los requisitos para su inscripción en alguna/s de las categorías convocadas. 
  2. Quien solicitó su inscripción en anteriores Ediciones, fue excluido de las mismas y desee y reúna los requisitos para inscribirse en la nueva Edición, en alguna/s de las categorías convocadas. 
  3. Quien estando ya inscrito en la edición vigente (Edición 12), quiera instar su incorporación a una nueva categoría convocada en este periodo de presentación. En este caso, en la instancia de inscripción deberá indicar expresamente todas las categorías profesionales en la que quiere estar incorporado en la Edición 13 y los correspondientes departamentos de salud. Esta instancia anulará las solicitudes presentadas en ediciones anteriores tanto respecto a las categorías profesionales como a los departamentos de salud. 

CUARTA: Quien debe presentar solicitud de actualización de méritos y/o cambios de departamento:

Quien estando ya inscrito en la Edición 12 en alguna categoría profesional de las convocadas en este periodo, desee: 

- Cambiar su opción a departamentos. En este caso, en la nueva solicitud deberá indicar expresamente todas las categorías profesionales, y los correspondientes departamentos de salud, en los que quiere estar inscrito en la Edición 13. Esta instancia anulará las solicitudes presentadas en ediciones anteriores tanto respecto a las categorías profesionales como a los departamentos de salud. 

- O que le sean valorados méritos no incluidos en los reseñados como de baremación de oficio por la propia administración en la Instrucción primera, esto es: 

     a) Servicios prestados en Instituciones Sanitarias Públicas dependientes de otras administraciones públicas distintas de la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana. 

       b) Servicios prestados en Instituciones Sanitarias Públicas de gestión privada; 

     c) Títulos y/o certificados oficiales de conocimiento del valenciano equivalentes a los de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, de conformidad con la normativa vigente en la materia (Orden de 16 de agosto de 1994, de la Conselleria de Educación y Ciencia). 

   d) En el caso de personal del turno de promoción interna temporal, cursos de formación y perfeccionamiento, siempre que su puntuación en ese apartado en la Edición 12 no supere los 5 puntos máximos establecidos en el artículo 7 de la Orden de 5 de octubre de 2009. 


QUINTA: Qué documentación debe ser aportada junto con la solicitud.

Debe ser aportada junto con la solicitud, la siguiente documentación:

  1. Documentación acreditativa de la titulación que habilita para el desempeño de la categoría a la que se opta (únicamente para nuevas inscripciones). 
  2. Documentación acreditativa de los siguientes méritos: 
  a) Servicios prestados en Instituciones Sanitarias Públicas dependientes de otras administraciones públicas distintas de la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana. 

    b) Servicios prestados en Instituciones Sanitarias Públicas de gestión privada.

   c) Títulos y/o certificados oficiales de conocimiento del valenciano equivalentes a los de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenciá, de conformidad con la normativa vigente en la materia (Orden de 16 de agosto de 1994, de la Conselleria de Educación y Ciencia). 

  d) En el caso de personal del turno de promoción interna temporal, certificado de los cursos de formación y perfeccionamiento. 


SEXTA: Qué documentación no necesita ser aportada en la convocatoria para que surta los efectos oportunos según las normas de la bolsa: 

No debe ser aportada la siguiente documentación:

  1. Documentación acreditativa de la titulación que habilita para el desempeño de la categoría a la que se opta, si ya se aportó en una convocatoria anterior. 
  2. Documentación acreditativa de los siguientes méritos: 
  a) Servicios prestados en instituciones sanitarias públicas directamente gestionadas por la          Conselleria de Sanidad; 

     b) Certificados de conocimiento del valenciano expedidos u homologados por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenciá; 

   c) Nota de la fase de oposición del último proceso selectivo de la categoría, convocado por la Conselleria de Sanidad; 

    d) En el caso de personal del turno de promoción interna temporal ya inscrito en la bolsa vigente, cursos de formación y perfeccionamiento cuando ya se tuvieran valorados 5 puntos en este apartado del baremo en la Edición 12. 

     3. Hoja de autobaremación.
   4. En el caso de personal del turno de promoción interna temporal, copia del nombramiento en propiedad y certificación de encontrarse en activo o equivalente.

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