lunes, 4 de enero de 2016

LO QUE COBRAN NUESTROS GOBERNANTES...


LEY 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el Ejercicio 2016.

Artículo 26. Retribuciones de las personas que ocupen puestos de altos cargos del Consell, de la Administración de la Generalitat y del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat

1. Durante el ejercicio 2016 las retribuciones del personal a que se refiere el presente artículo experimentarán un incremento del 1 por ciento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2015.

2. A tal efecto, las retribuciones de las personas que ocupen puestos de altos cargos del Consell o del nivel de órganos superiores de las consellerias se fijan en las siguientes cuantías, referidas a doce mensualidades, sin derecho a pagas extraordinarias:
  • Presidenta o presidente de la Generalitat: 68.292,12 euros
  • Vicepresidenta o vicepresidente: 58.175,76 euros
  • Consellera o conseller: 58.175,76 euros
  • Secretaria autonómica o secretario autonómico: 58.162,44 euros
3. Las retribuciones de las personas que integran el nivel directivo de las consellerias y asimilados, se fijan en las siguientes cuantías de sueldo base, complemento de destino y complemento específico, referidas a doce mensualidades:

Subsecretario o subsecretaria:
  • Sueldo base: 12.519,48 euros
  • C. destino: 10.993,32 euros
  • C. específico: 32.052,84 euros
  • TOTAL = 55.565,64 euros
Director o directora general:
  • Sueldo base: 12.657,12 euros
  • C. destino: 11.114,04 euros
  • C. específico: 30.064,44 euros
  • TOTAL = 53.835,60 euros
Las pagas extraordinarias serán dos al año, una en el mes de junio y otra en el de diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base indicado en el cuadro anterior y los trienios que, en su caso, le correspondan.

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